
SANTO DOMINGO .-La Direcci贸n General de Contrataciones P煤blicas (DGCP) celebra la sentencia del Tribunal Constitucional, la cual ratifica la plena constitucionalidad de las cuotas de compras estatales reservadas a las micro, peque帽as y medianas empresas (Mipymes) dirigidas por mujeres.
El m谩ximo tribunal, mediante la sentencia TC/0556/26, rechaz贸 la acci贸n de inconstitucionalidad interpuesta por Luis de Jes煤s Rodr铆guez N煤帽ez, quien argumentaba que estas reservas vulneraban el derecho a la igualdad de g茅nero contemplado en el art铆culo 39 de la Constituci贸n dominicana.
El Tribunal dictamin贸 que estas pol铆ticas no representan privilegios injustificados, sino leg铆timas acciones afirmativas necesarias para compensar las desigualdades estructurales del mercado y asegurar una igualdad de condiciones real y efectiva para el empresariado femenino.
El rol decisivo de la DGCP en el proceso constitucional
Durante el escrutinio de la acci贸n, la DGCP particip贸 de forma activa aportando pruebas estad铆sticas extra铆das por su Departamento de Ciencia de Datos, las cuales fueron fundamentales para que los magistrados dimensionaran la brecha econ贸mica que a煤n divide a hombres y mujeres en el mercado p煤blico. Entre ellas, se destacan:
Brecha de proveedores: De acuerdo con los datos de contrataciones p煤blicas validados por el tribunal, para el a帽o 2023 exist铆a una persistente brecha de g茅nero en el Registro de Proveedores del Estado (RPE). De un total de 115,420 proveedores, 80,798 (aproximadamente el 70%) se identificaron como hombres y 煤nicamente 28,720 (un 25%) como mujeres.
Asimetr铆a econ贸mica: De las adjudicaciones registradas, RD$83,096 millones correspondieron a empresas lideradas por mujeres frente a los RD$270,436 millones adjudicados a Mipymes en general, lo que represent贸 solo el 10.02% del total asignado al sector. Esto confirma que el volumen econ贸mico de estas empresas segu铆a estando muy por debajo de un punto de equilibrio f谩ctico.
Ausencia de exclusi贸n masculina: La DGCP demostr贸 t茅cnicamente que estas cuotas no cierran el mercado p煤blico a las Mipymes lideradas por hombres, dado que aproximadamente el 90% de la cuota de compras p煤blicas reservada para este sector puede ser aprovechada por empresas con liderazgo o capital social mayoritariamente masculino.
Transici贸n hacia el nuevo marco legal de la Ley 47-25
Por otra parte, el Tribunal Constitucional declar贸 inadmisible por carencia de objeto la impugnaci贸n contra el numeral 2 del art铆culo 154 del Decreto 416-23 (Reglamento de la Ley 340-06). Esto se debi贸 a que dicha norma fue expresamente derogada tras la entrada en vigor de la nueva Ley n煤m. 47-25 de Contrataciones P煤blicas.
A pesar de la derogaci贸n reglamentaria, el Tribunal analiz贸 el fondo del r茅gimen de reservas bajo la nueva ley, se帽alando que la misma consolida una estrategia nacional de equidad de g茅nero coherente. El art铆culo 172 de la Ley 47-25 eleva la reserva de contrataciones p煤blicas a un m铆nimo de 30% de las partidas de compras para Mipymes, dividido en un 20% destinado a Mipymes en general y un 10% destinado exclusivamente a Mipymes dirigidas por mujeres.
Un hito para el empoderamiento econ贸mico
Para la DGCP, el aval del Tribunal Constitucional representa un espaldarazo institucional a la utilizaci贸n de la contrataci贸n p煤blica como una herramienta viva de desarrollo social, equidad de g茅nero y redistribuci贸n de la riqueza nacional, alineada de manera impecable con la Estrategia Nacional de Desarrollo 2030.
La instituci贸n rectora exhorta a las dominicanas emprendedoras a continuar formalizando sus empresas a trav茅s del Ministerio de Industria, Comercio y Mipymes (MICM), as铆 como a inscribirse en el Registro de Proveedores/as del Estado y mantener actualizadas sus informaciones en el Sistema Electr贸nico de Contrataciones P煤blicas (SECP), para continuar consolidando el liderazgo femenino en la econom铆a nacional.